Aunque no tengas un contrato de trabajo en físico o en papel firmado, tienes un contrato verbal y estás en todo tu derecho de exigir prestaciones sociales legales. Además, se entiende que es a término indefinido, porque el contrato de trabajo a término fijo siempre tiene que constar por escrito.
Cuando el contrato de empleada doméstica es por días, solo se puede terminar por las causas justas que nombra el Código Sustantivo de Trabajo Laboral. Si estas no se cumplen el empleador tiene que pagar una indemnización. Las causas justas están sujetas en el Artículo nº 62 del código sustantivo del trabajo.
De todos modos, siempre se debe acordar con la empleada, claramente, cuáles son sus responsabilidades, ya que en una casa o en un hogar hay un sin número de labores y si no se acuerdan, es muy difícil o muy arbitrario acompañarlas, monitorearlas, medirlas o evaluarlas.
¿Qué es mejor, un contrato verbal o un contrato por escrito?
Siempre es mejor como trabajadora firmar un contrato por escrito, ya que en este caso se podría considerar a la empleada como la parte débil de la relación laboral y la mejor manera de garantizar sus derechos es a través de un documento firmado tanto por el empleador, como por la empleada.
Además, cuando el empleador y la empleada hacen un contrato por escrito motivan la conversación sobre asuntos que generalmente se tratan cuando se presenta un problema. El contrato por escrito previene malentendidos, y por tanto hace armónica la relación y se deja claro sobre sus responsabilidades.
El contrato puede ser a término fijo, es decir, se puede poner una fecha de inicio y una fecha de término o finalización de la relación laboral, ejemplo: “trabajar lunes y jueves de todas las semanas, durante seis meses”. O a término indefinido, por ejemplo: “Trabajar lunes y jueves de todas las semanas, hasta que se dé por terminada la relación laboral”.