Derechos de los trabajadores del servicio doméstico 2021. - Blog Empleadas Domésticas Saltar al contenido

Derechos de los trabajadores del servicio doméstico 2021.

Los Derechos de los trabajadores en Colombia para el servicio doméstico en 2021 disfrutan de todos los derechos laborales como cualquier otra labor.

Descansos compensados y trabajo suplementario.

Las trabajadoras del servicio domestico de acuerdo a la norma general tienen derecho a descansos compensados los domingos y días festivos.

Si esta llegase a trabajar los días de descanso, se le deberá pagar los respectivas horas extras y trabajos nocturnos.

¿Sabes que una empleada domestica se le debe dar un descanso todos los domingos según la ley, si trabaja se le debe reconocer las horas extras?.

Salario.

Las empleadas domesticas están sujetas al empleo formal, por ende, si esta trabaja tiempo completo se les tiene que pagar un salario mínimo vigente.

Este salario se le puede pagar de otras formas como alimentación, hospedaje y demás, limitado al 30% del salario mínimo.

Prestaciones sociales.

Antes esta labor no era muy reconocida para las prestaciones sociales como la prima de servicio y demas, pero todo eso cambio en los años 2016.

Las trabajadoras de servicio domestico, como cualquier otro trabajo tienen derecho a las prestaciones sociales.

Vacaciones remuneradas.

Las vacaciones para las trabajadoras domesticas ya sean externas, interna, por días o por horas se le deben dar vacaciones. cada 15 días hábiles por cada año trabajado ejercido.

Auxilio de transporte.

Los empleados del servicio doméstico que devenguen hasta dos salarios mínimos mensuales tienen derecho al auxilio de transporte.

No se le paga auxilio de transporte a las empleadas que viven en la casa del empleador.

Seguridad social.

Las empleadas domesticas se le deben afiliar al sistema de salud, pensiones y riesgo laboral.

La salud y pensión se acuerda entre la empleada y el empleador al igual que los demás trabajos. Ademas los riesgos laborales serán pagados por el empleador.

Aportes parafiscales.

Las trabajadoras domesticas tienen derecho como todos los trabajadores a afiliadas a una caja de compensación familiar.

No se deben hacer aportes al Sena ni al Icbf.

Derecho al pago de la liquidación.

Como todo trabajo formal, cuando la trabajadora domestica se termine el contrato se le deberá dar la liquidación que le corresponda según el contrato.

Nota: La ley colombiana no concede ningún plazo para el paz y salvo de la liquidación, por ende se deberá pagar apenas finalice el contrato.

Indemnización por despido injusto.

Si a la trabajadora domestica se le despide sin justa causa, según la ley, se le deberá indemnizar por despido injustificado.

Este pago se liquida como cualquier empleado según: tipo de contrato, salario y tiempo de vinculación del contrato.

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